Términos y Condiciones

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TÉRMINOS Y CONDICIONES

Por el presente contrato, VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L., alquila el vehículo al arrendatario, con sujeción a los términos aquí establecidos, y el arrendatario, con su firma, los acepta y se obliga a ellos.

  1. De una parte, el ARRENDATARIO titular del contrato de alquiler.
  2. Y, de otra parte, VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L., con CIF número B83514745, y domicilio en el de la sociedad que representa.

ACTÚAN:

  1. El primero en su propio nombre.
  2. El segundo en nombre y representación de la mercantil VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. (en adelante VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L.), domiciliada en Calle Orfebreria, 3 28850, Torrejón De Ardoz (Madrid), y provista de C.I.F. B83514745.

Reconociéndose recíprocamente las partes aquí contratantes la capacidad legal necesaria para contratar, según resulta de la veracidad de sus anteriores manifestaciones, otorgan el presente contrato de ARRENDAMIENTO DE AUTOCARAVANA, a cuyos efectos

DICEN:

PRIMERO – VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. es propietario en pleno dominio del vehículo citado en el contrato, el cual se encuentra en estado de perfecto uso y funcionamiento.

SEGUNDO – El ARRENDATARIO manifiesta su interés en arrendar el vehículo citado y haber inspeccionado y verificado el indicado vehículo a su satisfacción, habiendo comprobado todos los extremos y circunstancias del mismo. El ARRENDATARIO manifiesta que es mayor de 25 años si va a alquilar una autocaravana o camper. Además, es requisito indispensable, disponer de carnet de conducir clase B con antigüedad superior a 2 años.

TERCERO – VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. cumple la normativa de alquiler de vehículos y está debidamente censado con tal calidad.

Y, con tales antecedentes,

CONVIENEN:

PRIMERO – VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. arrienda al ARRENDATARIO el vehículo citado en el documento de reserva.

SEGUNDO – VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. entrega la posesión del vehículo en este acto al ARRENDATARIO que la recibe a su entera satisfacción y en concepto de arrendamiento, con todas las limitaciones que de tal calidad y del contenido de este documento resultan, aceptadas expresamente por el ARRENDATARIO previa la oportuna reflexión.

El ARRENDATARIO se obliga a usar el vehículo de manera cuidadosa. El ARRENDATARIO no permitirá que se utilice: Para el servicio, mediante pago, del transporte de personas o cosas, para tracción o remolque de otro vehículo de cualquier clase que sea, en carreras, pruebas o competiciones, cuando él mismo u otro conductor del vehículo esté bajo los efectos de bebidas alcohólicas, drogas, narcóticos, compuestos barbitúricos u otras sustancias que puedan debilitar la conciencia o su capacidad de conducción o modificar sus reacciones o en contravención de las disposiciones de tráfico o aduaneras o de cualquier otra jurisdicción. Todos los desperfectos originados por el ARRENDATARIO en el vehículo (tapicerías, suelo, cortinas, cierres…), así como cualquier otro daño accesorio, directo o indirecto que tal desperfecto conlleve, incluso lucro cesante o merma de valor, serán pagados por el ARRENDATARIO y podrán ser descontados de la fianza por VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L..

TERCERO – La entrega del vehículo se produce previa exhaustiva y detallada revisión e inspección del vehículo por parte de VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L., interior y exteriormente, en la mecánica y accesorios del mismo.

El ARRENDATARIO, que emplea para tales verificaciones todos los medios que estima oportunos y son suficientes para conocer con todas las garantías el bien recibido, lo acepta sin reservas satisfecho por las condiciones en que se encuentra.

CUARTO – El ARRENDATARIO conoce y acepta las reservas y limitaciones de uso derivadas del manual de uso y funcionamiento que él mismo declara recibir en este acto y aceptar plenamente, quedando enterado de la totalidad de su contenido y comprometiéndose a respetarlo íntegramente. Del mismo modo, el ARRENDATARIO respetará los términos de la garantía del fabricante y las instrucciones de uso de todos los manuales de accesorios que le son entregados en este acto.

QUINTO – En caso de avería, se procederá a la determinación de la causa. Si tal causa es responsabilidad de un uso negligente del vehículo o simplemente poco cuidadoso, el ARRENDATARIO deberá asumir el importe de la reparación a precios de mercado.

Si la avería es debida a un defecto de construcción del vehículo o al deterioro o desgaste de sus piezas, VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. asumirá el pago de la reparación. Como quiera que VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. entrega el vehículo debidamente conservado y mantenido, conforme a las instrucciones del fabricante, y, con las revisiones al día, y, por tanto, agota su diligencia, en caso de avería del vehículo no se hará responsable de los daños o perjuicios ocasionados al ARRENDATARIO o a terceros. El ARRENDATARIO manifiesta quedar enterado de todas las instrucciones de uso que aparecen en los manuales y se compromete a respetarlas, observando la manipulación diligente del vehículo en cuanto no se haya prevenido en tales documentos. En caso de avería, el ARRENDATARIO deberá llamar al servicio de asistencia en carretera que incluye el seguro disponible y no deberá continuar en ningún caso la conducción de modo que la avería se agrave. Si así lo hiciera, responderá de su reparación.

SEXTO – SEGURO y SINIESTROS. VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. tiene suscrita una póliza de seguro a todo riesgo con franquicia para el vehículo arrendado. El pago de dicha póliza está incluido en el precio del arrendamiento. Se entrega copia de tal póliza en este acto al ARRENDATARIO, junto con el recibo del pago del seguro, según indica el presente contrato firmado por las partes en prueba de conformidad. El ARRENDATARIO se obliga a notificar a VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. por escrito de manera fehaciente y no más tarde de VEINTICUATRO HORAS cualquier incidente, avería o siniestro sucedido a la autocaravana. El ARRENDATARIO, o los acompañantes autorizados por VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L., serán los únicos habilitados para la conducción del vehículo. El ARRENDATARIO manifiesta quedar enterado de que tal cláusula resulta relevante por la posible falta de cobertura del seguro en caso de siniestro si tal condición no fuese respetada. Del mismo modo el ARRENDATARIO queda enterado que la cobertura del seguro está limitada a conductores en las siguientes circunstancias: La mención expresa de este documento no significa que el ARRENDATARIO no tenga conocimiento y acepte las condiciones generales y particulares del seguro a todo riesgo del vehículo, comprometiéndose a respetar todas ellas y a no incurrir en ningún comportamiento del que pudiera derivarse la falta de cobertura del seguro.

A) Si en el accidente ha intervenido culpa o dolo del ARRENDATARIO, incluso si existe culpa compartida, el ARRENDATARIO deberá pagar la franquicia de 900 € por cada siniestro, en las condiciones que resultan de la póliza. En el caso de que hubiese más de un siniestro a la devolución del vehículo, el cliente estará obligado a abonar 900€ por cada uno de ellos. Siempre que la aseguradora no cubra la reparación o sustitución y todos los daños que se le hayan causado a la propietaria, incluso el lucro cesante, o no los cubra totalmente, el ARRENDATARIO deberá satisfacerlos íntegramente. En el supuesto de culpa del ARRENDATARIO, éste deberá pagar además los días de inmovilización del vehículo a razón de 50 € por día y hasta que el vehículo esté reparado.

B) En el caso de que no concurra la menor culpa o negligencia del ARRENDATARIO, será VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. quien asuma el pago de la franquicia. Siempre que la aseguradora no cubra la reparación o sustitución del vehículo, VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. asumirá su importe, así como los daños propios padecidos.

C) En todo caso las sumas pagadas por la aseguradora se destinarán, en primer lugar, a la atención de los gastos de reparación y/o sustitución del vehículo por parte de la propietaria y a la satisfacción de todos los daños y perjuicios que VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. pueda haber tenido, y, posteriormente, una vez satisfecho íntegramente el propietario, se atenderán los daños particulares del ARRENDATARIO.

D) El ARRENDATARIO asume cualquier responsabilidad derivada del vehículo desde el día de hoy, incluyendo de forma no limitativa daños a terceros o consecuencias de negligencias o accidente. El ARRENDATARIO se compromete a indemnizar, a primer requerimiento, a VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. de cualquier daño, menoscabo, o reclamación que cualquier tercero, persona física o jurídica, aseguradora o administración, puedan pretender contra VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L., siempre que la aseguradora rechace total o parcialmente tal cobertura. Del mismo modo, el ARRENDATARIO conoce que debe respetar las normas de tráfico y pagará, también, a primer requerimiento, todas las reclamaciones que se generen VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. por la conducción bajo los efectos del alcohol y/u otras sustancias que afecten la capacidad y el control de la conducción, así como por la infracción de cualquier norma que resulte de aplicación, o por cualquier siniestro, daño, perjuicio o evento consecuencia del cual se reclame a VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L.. El ARRENDATARIO estará obligada a pagar, a primer requerimiento, todas las sumas que se pretendan contra VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. durante la vigencia del contrato y hasta la devolución satisfactoria del vehículo.

E) El ARRENDATARIO, en la medida en la que resulte posible conforme a las circunstancias del caso, se obliga a obtener todos los datos y circunstancias de los vehículos y personas intervinientes en el siniestro y a interesar el levantamiento de atestado e informe de las autoridades de tráfico que resulten competentes, de la mejor manera que permita el conocimiento de las circunstancias del siniestro y sus particularidades.

SÉPTIMO – Queda prohibida la cesión del arrendamiento y la conducción por personas distintas del ARRENDATARIO o de las personas autorizadas por VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L..

OCTAVO – DURACIÓN. El arrendamiento comienza y termina según las fechas y horarios especificados en el documento de reserva. Si la devolución del vehículo sobrepasase 1 hora el tiempo contratado, el ARRENDATARIO abonará 30 € por cada hora adicional de retraso. Si la devolución se demorase más de 12 horas sobre el tiempo contratado, el ARRENDATARIO abonará el tripe de la tarifa diaria por cada día de retraso y sin perjuicio de la mayor cantidad que VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. pudiera acreditar. En el caso de que el ARRENDATARIO desista unilateralmente del contrato de arrendamiento o de cualquier modo incumpla el mismo, deberá abonar, en todo caso, la totalidad de las rentas hasta alcanzar la duración pactada. VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. no tiene derecho a resolver el contrato antes del plazo contratado siempre que el ARRENDATARIO cumpla todas sus obligaciones. Transcurrido el plazo del contrato, este quedará automáticamente extinguido y sin efecto alguno, estando obligado el ARRENDATARIO a la devolución de vehículo, en perfecto estado de uso y conservación y sin deterioro alguno, todo ello sin que sea preciso requerimiento de VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L..

Si el ARRENDATARIO no devolviese el vehículo en perfecto estado de limpieza, tal hecho le generará la obligación de pago de una penalización de 150 €. El vehículo deberá ser devuelto con el depósito de carburante y ADBLUE lleno; en caso contrario, tal hecho generará la obligación de pago por parte del ARRENDATARIO de una penalización de 200 €. En caso de que el ARRENDATARIO, por obra o por omisión del cuidado debido del vehículo, llenase el depósito de agua potable con Diesel o con cualquier otro elemento diferente al agua, o el depósito de Diesel con cualquier otro elemento que no fuera Diesel, le implicará una penalización de 900 € por la complejidad y el tiempo de la reparación y por quedar inutilizable el vehículo para su alquiler.Si en consecuencia a este acto el vehículo sufre una avería mayor, el cliente deberá correr con los gastos de reparación. VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. deberá entregar el vehículo con las revisiones pasadas y al día, con los niveles dentro de los márgenes de tolerancia, los servicios del vehículo en buenas condiciones y debidamente limpio en su interior, la botella de gas en estado de uso, el depósito de aguas fecales limpio y el depósito de aguas grises vacío. El ARRENDATARIO deberá devolver el vehículo con los depósitos de aguas fecales y aguas grises totalmente vacíos. En caso de no hacerlo, estará obligada al pago de una penalización de 150 €. Queda expresamente prohibido fumar dentro de la autocaravana; en caso de hacerlo, el ARRENDATARIO deberá abonar una penalización de 300 €. Si vencido el contrato y entregada la posesión del vehículo, el ARRENDATARIO hubiese dejado bienes o enseres en el interior del mismo, VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. podrá optar entre hacerlos suyos sin más trámite o, alternativamente, proceder a su extracción y destrucción, siendo de cargo del ARRENDATARIO todos los gastos y/o penalizaciones que por tal extremo puedan suponer a VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. y estén debidamente acreditados.

NOVENO – RENTA. El importe del alquiler será pagado del siguiente modo: El 30%, mediante tarjeta bancaria en el momento de la reserva. El resto se pagará automáticamente con un cargo a su tarjeta 15 días antes de recoger el vehículo con tarjeta bancaria o mediante transferencia bancaria (con previo aviso). No se aceptan pagos en efectivo. En caso de que la reserva sea hecha después del 15º día anterior a la fecha de salida, se cobrará el 100% del importe. Todas las cantidades citadas serán gravadas con el IVA correspondiente, que será pagado antes de la entrega del vehículo, y, además, cualquier otro gasto o tributo que grave el arrendamiento. En caso de deficiencias o problemas del vehículo, no se suspenderá la obligación de pago de la renta, salvo que se imposibilite totalmente su uso. En caso de que se produzcan averías en el sistema eléctrico o electrodomésticos, el ARRENDATARIO deberá ponerse en contacto con el servicio técnico del fabricante de dichos aparatos; en ningún momento el ARRENDATARIO podrá pedir compensaciones económicas, daños o perjuicios a VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. por tales averías. Si el ARRENDATARIO dejase el vehículo en otro sitio diferente al pactado en el arrendamiento sin autorización expresa de VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L., se compromete a abonar los gastos que conlleve el transporte a su punto de origen. El vehículo tiene un seguro a todo riesgo con una franquicia de 900 € por siniestro que no incluye los efectos personales del ARRENDATARIO o sus acompañantes.

DECIMO – IMPUESTO DE CIRCULACIÓN. VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. tiene pagado el impuesto de circulación del vehículo, según indica el presente contrato firmado por las partes en prueba de conformidad.

DECIMO PRIMERO – FIANZA. El ARRENDATARIO abonará a VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L., antes de la entrega del vehículo, una fianza de 900 € mediante tarjeta bancaria. Dicho importe sólo será devuelto al extinguirse el contrato, una vez examinado el vehículo, previa liquidación de los daños que en su caso pudiera haber y sin perjuicio de las superiores cantidades que resulten. El ARRENDATARIO acepta el pago de la diferencia si el importe de los desperfectos supera el valor de la fianza depositada. En caso de que la valoración de los daños no sea posible de forma inmediata, VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. dispondrá de 30 días para efectuar la devolución, si procediese, o reclamar la diferencia citada del importe de los desperfectos.

DECIMO SEGUNDO – SANCIONES. En caso de que concurran denuncias y sanciones durante el plazo de duración de este contrato y mientras se mantenga la posesión del ARRENDATARIO, éste deberá pagar cualquier cargo que se genere por dicho concepto, incluyendo los recargos, intereses, multas coercitivas o cualquier otro concepto que pudiera resultar.

DECIMO TERCERO – Manifiestan las partes que este documento es el producto de su libre negociación y que están íntegramente conformes con su contenido, sin reservas de clase alguna, siendo resultado de las conversaciones de los contratantes y del intercambio de condiciones que con sujeción al principio de libertad de pacto han alcanzado, sin que se trate en modo alguno de un contrato de adhesión.

DECIMO CUARTO – Todos los gastos e impuestos derivados del presente contrato, así como de su ejecución y gestión de cobro, serán por cuenta y a cargo del ARRENDATARIO.

DECIMO QUINTO – RESOLUCIÓN ANTICIPADA. El presente contrato podrá ser resuelto anticipadamente en caso de incumplimiento de cualquiera de las partes. En caso de resolución anticipada, VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. tendrá derecho a cobrar la totalidad de la renta pactada y las demás cantidades previstas en este documento, incluso la suma triplicada prevista para el caso de que el ARRENDATARIO no devuelva la posesión de manera inmediata tras la resolución del contrato. El cumplimiento de VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. se agota con la entrega y puesta a disposición del bien, de manera que no es posible su incumplimiento. No obstante, el ARRENDATARIO podrá recuperar la parte proporcional que resulte en el caso de absoluta imposibilidad de uso del vehículo por avería del mismo y siempre que tal avería no sea causa directa o indirecta, total o parcial, de su intervención o la de las personas con las que viaje o use el vehículo, en cuyo caso, no tendrá derecho a la recuperación de cantidad alguna.

DECIMO SEXTO – VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. podrá conservar una copia de las llaves del vehículo y en caso de que el ARRENDATARIO incumpla sus obligaciones, proceder a la retirada del mismo por sus propios medios, sin que tal comportamiento sea reprochable a VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L.. La pérdida de las llaves o documentación entregada con el vehículo conllevará al ARRENDATARIO la obligación de pagar a VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. una penalización de 250 €.

Cada vehículo lleva instalado un sistema de localización GPS para mayor seguridad y mejora de la atención al cliente.

DECIMO SÉPTIMO – Quieren las partes que, en el caso de litigio judicial, el Juzgado acuerde como medida cautelar sin fianza de cargo de VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L., la inmediata entrega del vehículo a la propiedad del mismo, siempre que éste sea reclamado por VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. en caso de apariencia de incumplimiento del ARRENDATARIO.

DECIMO OCTAVO – POLITICA DE CANCELACION

La cancelación de reservas por parte del ARRENDATARIO no ocasionará gastos de cancelación anticipada, siempre y cuando ésta se efectúe antes de 45 días de la fecha de salida. Si la cancelación se efectúa entre 45 y 2 días antes de la fecha de salida, se cobrará en concepto de indemnización el 50% del total del alquiler y podrá solicitar un bono por valor del 50% del alquiler, válido durante 1 año. Si el cliente cancelase la reserva con menos de 48 horas de antelación de la salida del vehículo o no se presentase el día de salida, se cobrará en concepto de indemnización el 100% del total del alquiler. En el supuesto de que la causa de cancelación durante los períodos de penalización sea por motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quienes la invoca, anormales e imprevisibles, cuyas consecuencias no se habrían podido evitar a pesar de haber actuado con la diligencia debida, el ARRENDATARIO tendrá derecho a la devolución del 100% del importe pagado o bien a recibir un bono por el mismo importe para disfrutar el servicio en otra fecha hasta el 31 de diciembre del año en curso sin gastos adicionales. En devoluciones mediante tarjeta de crédito, los gastos que se puedan producir correrán por cuenta del ARRENDATARIO.

El ARRENDATARIO podrá contratar un plan de cancelación, denominado CANCELACIÓN SUPERFLEXIBLE a razón de 9€/día y contará con las siguientes características: La cancelación de reservas por parte del ARRENDATARIO no ocasionará gastos de cancelación anticipada, siempre y cuando ésta se efectúe antes de 15 días de la fecha de salida. Si la cancelación se efectúa entre 15 y 2 días antes de la fecha de salida, se cobrará en concepto de indemnización el 50% del total del alquiler o podrá solicitar un bono por valor del 100% del alquiler, válido durante 1 año. Si el cliente cancelase la reserva con menos de 48 horas de antelación de la salida del vehículo o no se presentase el día de salida, se cobrará en concepto de indemnización el 100% del total del alquiler. En el supuesto de que la causa de cancelación durante los períodos de penalización sea por motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quienes la invoca, anormales e imprevisibles, cuyas consecuencias no se habrían podido evitar a pesar de haber actuado con la diligencia debida, el ARRENDATARIO tendrá derecho a la devolución del 100% del importe pagado o bien a recibir un bono por el mismo importe para disfrutar el servicio en otra fecha hasta el 31 de diciembre del año en curso sin gastos adicionales. En devoluciones mediante tarjeta de crédito, los gastos que se puedan producir correrán por cuenta del ARRENDATARIO.

Recíprocamente, la cancelación de reservas por parte de VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. no ocasionará indemnización alguna, siempre y cuando se comunique al cliente antes de 15 días de la fecha de salida. En caso de que la cancelación se produzca entre 2 y 14 días antes de la fecha de salida, se devolverá el importe abonado hasta ese momento más un 50% en concepto de indemnización. Y si la cancelación se produjera el día anterior a la fecha de salida, o no se entregase el vehículo el día de la salida, se devolverá el importe abonado hasta ese momento más un 100% en concepto de indemnización. En devoluciones mediante tarjeta de crédito, los gastos que se puedan producir correrán por cuenta de VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L..

DECIMO NOVENO Las partes dejan constancia de que es posible que el arrendatario deba pagar a VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. cantidades adicionales además del precio y demás cargos pactados a la firma del contrato.

Así, constatan que, en caso de incumplimiento del arrendatario de sus obligaciones, o si se producen siniestros, o se dan otras circunstancias en la ejecución y desarrollo del contrato que generen derechos de cobro a favor de VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L., es posible que el arrendatario deba pagar cantidades complementarias. El arrendatario conoce y acepta todo ello siempre que tales cargos estén justificados.

El arrendatario comprende y acepta también que, en el caso de que se vea incurso en un siniestro o sea sancionado, VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. deberá atender una dedicación especial para la tramitación de estas incidencias, cuyo coste no está incluido en el precio del arrendamiento. Por ello convienen en pactar que, para tales supuestos, se generarán las siguientes sumas, de cargo del arrendatario, y que ingresará VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L.:

– 17 € por gestión de cada denuncia que reciba el vehículo durante el plazo del arrendamiento y hasta que se devuelva el vehículo a VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L.;

– 45 € por la gestión de cada daño que se le cause al vehículo arrendado durante el plazo del arrendamiento y hasta que se devuelva el vehículo a VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L., a los efectos de compensar el coste de su tramitación.

En ambos casos dichas cantidades incluyen el IVA correspondiente.

VIGÉSIMO – PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.

En cumplimiento de la LOPD 15/1999 y de la normativa que la complementa y desarrolla, los datos de carácter personal del ARRENDATARIO facilitados por él mismo en virtud del presente documento, serán incorporados a un fichero automatizado cuya titularidad y responsabilidad ostenta VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L., autorizando el ARRENDATARIO a la utilización y tratamiento de dichos datos en relación con el desenvolvimiento del arrendamiento convenido, así como con fines informáticos y promocionales, incluyendo expresamente aquellas comunicaciones que, en su caso, pudieran realizarse por medio de correo electrónico.

El interesado podrá ejercitar respecto a sus datos los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como revocar en cualquier momento las autorizaciones concedidas, dirigiendo, para ello, comunicación al domicilio social de VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L. que figura en el presente documento.

VIGESIMO PRIMERO – Las partes se someten expresamente, para las cuestiones que puedan surgir en el cumplimiento o interpre­tación del presente contrato, a los Juzgados y Tribunales del domicilio de VEIHMA VEHICULOS INDUSTRIALES S.L..

Y, para que así conste, en prueba de conformidad, firman el presente documento por duplicado, pero a un solo efecto, en el lugar y fecha del encabezamiento.